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DB HE1: Limitación de demanda energética
3.2 Opción simplificada 3.2.1 Aplicación de la opción 3.2.1.1 Objeto 1 El objeto de la opción simplificada es:
1 Puede utilizarse la opción simplificada cuando se cumplan simultáneamente las condiciones siguientes:
2 Como excepción, se admiten superficies de huecos superiores al 60% en aquellas fachadas cuyas áreas supongan un porcentaje inferior al 10% del área total de las fachadas del edificio. 3 Quedan excluidos aquellos edificios cuyos cerramientos estén formados por soluciones constructivas no convencionales tales como muros Trombe, muros parietodinámicos, invernaderos adosados, etc. 4 En el caso de obras de rehabilitación, se aplicarán a los nuevos cerramientos los criterios establecidos en esta opción. 3.2.1.3 Cerramientos y particiones interiores objeto de la opción 1 Son objeto de esta opción simplificada los cerramientos y particiones interiores que componen la envolvente térmica del edificio y que se define en el apartado 3.1.3. 2 A efectos de limitación de la demanda, se incluirán en la consideración anterior sólo aquellos puentes térmicos cuya superficie sea superior a 0,5 m2 y que estén integrados en las fachadas, tales como pilares, contornos de huecos y cajas de persiana. 3 No se incluirán en la consideración anterior las puertas cuyo porcentaje de superficie semitransparente sea inferior al 50 %. 3.2.1.4 Conformidad con la opción 1 El procedimiento de aplicación mediante la opción simplificada es el siguiente:
3.2.1.5 Documentación justificativa 1 En la memoria del proyecto se justificará el cumplimiento de las condiciones que se establecen en esta Sección mediante las fichas justificativas del cálculo de los parámetros característicos medios y los formularios de conformidad que figuran en el Apéndice H para la zona habitable de baja carga interna y la de alta carga interna del edificio. 3.2.2 Comprobación de la limitación de la demanda energética 3.2.2.1 Parámetros característicos medios 1 Tanto para las zonas de baja carga interna como para la zonas de alta carga interna de los edificios,se calculará el valor de los parámetros característicos de los cerramientos y particiones interiores como se describe en el apéndice E y se agruparán en las categorías descritas en el apartado 3.1.3. 2 Para cada categoría se determinará la media de los parámetros característicos U y F, que se obtendrá ponderando los parámetros correspondientes a cada cerramiento según su fracción de área en relación con el área total de la categoría a la que pertenece. 3 Se obtendrán de esta manera, los siguientes valores:
4
Las áreas de los cerramientos se considerarán a partir
de las dimensiones tomadas desde el interior del edificio.
3.2.2.2 Valores límite de los parámetros característicos medios 1 Tanto para las zonas de baja carga interna como para la zonas de alta carga interna de los edificios, los parámetros característicos medios de los cerramientos y particiones interiores que limitan los espacios habitables serán inferiores a los valores límite indicados en las tablas 2.2 en función de la zona climática en la que se encuentre el edificio, de la siguiente manera:
2 La figura 3.2 y la tabla 3.1 resumen esta verificación. 3
En el caso de que en una determinada fachada el porcentaje de huecos
sea superior al 60% de su superficie y suponga un área inferior
al 10% del área total de las fachadas del edificio, la transmitancia
media de dicha fachada UF
(incluyendo parte opaca y huecos) será inferior a la transmitancia
media que resultase si el porcentaje fuera del 60%. 3.2.3 Comprobación de la limitación de condensaciones 3.2.3.1 Condensaciones superficiales 1 La comprobación de la limitación de condensaciones superficiales se basa en la comparación del factor de temperatura de la superficie interior fRsi y el factor de temperatura de la superficie interior mínimo fRsi,min para las condiciones interiores y exteriores correspondientes al mes de enero y especificadas en el apartado G.1 de esta Sección. 2 Para la comprobación de la limitación de condensaciones superficiales en los cerramientos y puentes térmicos se debe comprobar que el factor de temperatura de la superficie interior es superior al factor de temperatura de la superficie interior mínimo. Este factor se podrá obtener a partir de la tabla 3.2 en función del tipo de espacio, clasificado según el apartado 3.1.2, y la zona climática donde se encuentre el edificio. 3 El cumplimiento de los valores de transmitacia máxima de la tabla 2.1 aseguran, para los cerramientos y particiones interiores de los espacios de clase de higrometría 4 o inferior, la verificación de la condición anterior. No obstante, debe comprobarse en los puentes térmicos. 4 En caso de disponer de información suficiente, el factor de temperatura de la superficie interior mínimo podrá calcularse mediante el método descrito en el apartado G.2.1.2 bajo las condiciones interiores y exteriores correspondientes al mes de enero de la localidad. 5 El cálculo del factor de temperatura superficial correspondiente a cada cerramiento o puente térmico se realizará según la metodología descrita en el apartado G.2.1.1. 6 Estarán exentos de la comprobación aquellas particiones interiores que linden con espacios no habitables donde se prevea escasa producción de vapor de agua, así como los cerramientos y suelos en contacto con el terreno. 3.2.3.2 Condensaciones intersticiales 1 El procedimiento para la comprobación de la formación de condensaciones intersticiales se basa en la comparación entre la presión de vapor y la presión de vapor de saturación que existe en cada punto intermedio de un cerramiento formado por diferentes capas, para las condiciones interiores y exteriores correspondientes al mes de enero y especificadas en el apartado G.1 de esta Sección. 2 Para comprobar que no se produzcan condensaciones intersticiales se debe verificar que la presión de vapor en la superficie de cada capa es inferior a la presión de vapor de saturación. 3 Para cada cerramiento objeto se calculará, según el apartado G.2.2:
4 Estarán exentos de la comprobación aquellos cerramientos en contacto con el terreno y los cerramientos que dispongan de barrera contra el paso de vapor de agua en la parte caliente del cerramiento. Para particiones interiores en contacto con espacios no habitables en los que se prevea gran producción de humedad, se colocará la barrera de vapor en el lado de dicho espacio no habitable. 5 En caso de que se produzcan condensaciones intersticiales en una capa distinta a la de aislamiento, se deberá comprobar que la cantidad de agua condensada en cada periodo anual no sea superior a la cantidad de agua evaporada posible en el mismo periodo. Para ello, se repetirá el procedimiento descrito anteriormente, pero para cada mes del año a partir de los datos climáticos del apartado G.1 y se calculará en cada uno de ellos y para cada capa de material, la cantidad de agua condensada o evaporada según el proceso descrito en el apartado 6 de la norma UNE EN ISO 13788:2002. 6 Salvo expresa justificación en el proyecto, se considerará nula la cantidad de agua condensada admisible en los materiales aislantes. 3.2.4 Permeabilidad al aire 1 Se considerarán válidos los huecos y lucernarios clasificados según la norma UNE EN 12 207:2000 y ensayados según la norma UNE EN 1 026:2000 para las distintas zonas climáticas:
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DB HE1 Antiguo 1
Generalidades 2
Caracterización y cuantificación de las exigencias 3
Cálculo y dimensionado 4
Productos de construcción 5
Construcción Apéndices Apéndice
A Terminología Apéndice
E Cálculo de los parámetros característicos de
la demanda Apéndice
F Resistencia térmica total de un elemento de edificación
constituido por capas homogéneas y heterogéneas |
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