3.- Definición de la envolvente térmica
Se define como envolvente térmica de un edificio al conjunto de cerramientos (suelos, cubiertas, fachadas, ....) que separan espacios habitables con el exterior (terreno, aire y otros edificios) y las particiones interiores que separan los espacios habitables de los no habitables que a su vez están en contacto con el exterior.
A la hora de determinar los elementos de la envolvente, los separamos según su situación en: a)
cubiertas, comprenden aquellos cerramientos superiores
en contacto con el aire cuya inclinación sea inferior a 60º
respecto a la horizontal; y según su comportamiento térmico en: a) cerramientos en contacto con el aire:
i) parte opaca, constituida por muros de fachada, cubiertas, suelos
en contacto con el aire y los puentes térmicos integrados; b) cerramientos en contacto con el terreno, clasificados según los tipos siguientes:
i) suelos en contacto con el terreno; c) particiones interiores en contacto con espacios no habitables, clasificados según los tipos siguientes:
i) particiones interiores en contacto con cualquier espacio no habitable
(excepto cámaras sanitarias); A efectos de limitación de la demanda, se incluirán en la consideración anterior sólo aquellos puentes térmicos cuya superficie sea superior a 0,5 m2 y que estén integrados en las fachadas, tales como pilares, contornos de huecos y cajas de persiana. No se incluirán en la consideración anterior las puertas cuyo porcentaje de superficie semitransparente sea inferior al 50 %.
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